Distrital
Marzo 2016
Delega la facultad para enajenar a título oneroso los bienes inmuebles fiscales que sean de propiedad de las entidades y organismos bajo su dirección y representación, y que no sean necesarios para su funcionamiento administrativo, previo estudio y sustentación jurídica y técnica que fundamente dicha enajenación.
Este documento es de tipo Decretos y pertenece a Normatividaddel Marco Legal de la Entidad.